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El que no se someta al Senasa se queda sin vender a China

El diálogo se fue cerrando al ritmo de los hechos consumados.
El diálogo se fue cerrando al ritmo de los hechos consumados.
15/04/2021 18:24 hs

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria emitió una comunicación oficial en la que, avisaron, “el organismo advierte que aquellos establecimientos que no den cumplimiento a la DOES en los plazos establecidos, inevitablemente perderán acceso al mercado chino, al cual se destina casi el 80% de la carne bovina exportada”.

Mediante su Resolución 77/21, el Servicio modificó algunos artículos de la norma original del plan sanitario creado oportunamente por la Resolución 67/2019, ofreciendo alternativas para cumplir con la DOES en los rodeos que realizan reproducción, para alcanzar el principal objetivo de la estrategia: identificar los establecimientos infectados para su posterior saneamiento.

Precisaron la importancia y obligatoriedad de la adhesión y recordaron que “la alternativa de diagnóstico por muestreo ofrecida en febrero de este año para los establecimientos distintos a tambos y cabañas, busca facilitar la tarea, disminuir los costos y preservar el acceso al mercado chino”.

En otro tramo definen que “con el objetivo de que la hacienda apto China pueda mantener su condición, se ha desdoblado el plazo para el cumplimiento de la DOES muestreo, de acuerdo al estrato productivo. Aquellos establecimientos que tienen más de 300 vacas, deben determinar el estatus sanitario de sus rodeos antes del 31 de julio del 2021; mientras que los productores con 300 vacas o menos, tienen tiempo hasta el 30 de noviembre del 2021”.

Si los resultados del muestreo son todos negativos, se clasificará como establecimiento negativo y se dará por cumplimentada la principal tarea establecida por la estrategia. Si por el contrario, se obtienen resultados positivos, se deben realizar las tareas de saneamiento hasta eliminar la enfermedad. Aquellos productores de cría y ciclo completo que quieran alcanzar la categoría de establecimiento libre, podrán optar por la DOES total.

La DOES total, originalmente planteada en la Resolución 67, es obligatoria para tambos y cabañas. Aquellos establecimientos que aún no la hayan cumplimentado, tienen tiempo hasta el 31 de julio del 2021 para realizar y presentar las tareas de diagnóstico.

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