"Que el primer párrafo del artículo 4° de la ley 25.972 dispuso la prórroga de la suspensión de los despidos sin causa justificada establecida por el artículo 16 de la ley 25.561 y sus modificatorias, hasta que la tasa de desocupación elaborada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) resulte inferior al diez por ciento (10%)", dice el primer párrafo de los breves considerandos de la norma publicada hoy en el Boletín Oficial.
El decreto confirma que la última información de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) elaborada por el Indec demuestra que la tasa de desempleo se encuentra por debajo del 10%.
"Que, en consecuencia" corresponde declarar cumplida la condición prevista en el artículo 4° de la ley 25.972", sostiene la norma firmada por Tomada, el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y el presidente Néstor Kirchner.
La secretaria de Trabajo, Noemí Rial, remarcó hoy que aunque el Gobierno haya decidido eliminar la doble indemnización "el despido por causas injustificadas no es gratuito".
De esta manera, la viceministra salió a responder a las manifestaciones de preocupación vertidas por los sectores sindicales que indicaron que con el fin de la doble indemnización podrían producirse despidos masivos.
"No es gratuito el despido", subrayó Rial a radio América, al tiempo que puntualizó que "si fuera injustificado, el empleador tiene que pagar la indemnización prevista en el artículo 245 de la Ley del Contrato de Trabajo".