El Ministerio de Producción, conjuntamente con la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), reglamentaron los programas Trigo Plus y Maíz Plus, que tienen como objetivo incentivar la producción de ambos cereales a través de un beneficio fiscal directo a los productores.
La reglamentación tiene vigencia a partir de su publicación hoy en el Boletín Oficial, a través de la resolución general 2531 de la AFIP.
Son medidas económicas de mediano y largo plazo, destinadas a estimular un aumento sostenido de la producción de dichos cereales, en un marco de desarrollo que mantenga el equivalente económico y una retribución razonable a quienes participan de la cadena agroalimentaria. La medida apunta, en especial, al productor, evitando traslaciones de costos variables de otros actores de la cadena y desacoplando el derecho de exportación, a través de incentivos fiscales directos.
Los programas Plus fijan una Producción Base, que para el ciclo/campaña 2008/2009 será de 13 millones de toneladas para el trigo y 15 millones para el maíz.
De esta manera, se complementa la Resolución Conjunta 38/2008 y 40/2008 de los ministerios de Producción y de Economía y Finanzas Públicas, del pasado 30 de diciembre, la cual redujo los derechos de exportación de trigo y maíz en 5 puntos porcentuales.
Tal como anunció la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, los programas proponen un desacople de los derechos de exportación para los productores de maíz y trigo, y estipulan una segmentación de productores para la determinación del beneficio:
Segmentación de productores:
MAÍZ
- Pequeño: Hasta 1000 tn de producción por ciclo/campaña.
- Mediano: Entre 1001 y 5.000 tn de producción por ciclo/campaña,
- Grande: Más de 5.000 tn de producción por ciclo/campaña.
TRIGO
- Pequeño: Hasta 500 tn de producción por ciclo/campaña.
- Mediano: Entre 501 y 2.500 tn de producción por ciclo/campaña,
- Grande: Más de 2.500 tn de producción por ciclo/campaña.
Dinámica de los programas:
Se fija una base productiva para los dos cereales, que en el caso del maíz será de 15 millones de toneladas y de 13 millones para el trigo.
Cuando la cosecha de trigo o maíz de un ciclo/campaña supere en un millón de toneladas o más a la base fijada por el Gobierno, se pondrá en funcionamiento el programa correspondiente.
Las toneladas cosechadas en cada campaña por sobre la base se denominan Producción Plus (PP) y se dividen en millones para determinar el beneficio fiscal de los productores.
Esta mejora consiste en la disminución del porcentaje de las retenciones que tienen estos granos y es progresivo: a medida que aumente, en millones, la Producción Plus se incrementará el estimulo para los productores.
Los beneficios son segmentados, dando prioridad a los pequeños y medianos productores, que recibirán una mayor reducción de las retenciones por el aumento de la cosecha.
Para calcular el beneficio fiscal cada productor deberá tener en cuenta la cantidad de millones de toneladas de Producción Plus (PP) que se determinó para el ciclo/campaña en cuestión. Este dato figurará en el sitio web de la ONCCA (www.oncca.gob.ar)
El productor deberá ubicarse en cada uno de los segmentos que le corresponde según el volumen de su cosecha declarada y comercializada.
Con estos dos datos, podrá encontrar en el cuadro el porcentaje de reducción de retenciones que le corresponde para ese ciclo/cosecha.
Finalmente, ese porcentaje deberá multiplicarlo por la cantidad de toneladas que declaró cosechadas y comercializadas en el presente ciclo/campaña y luego multiplicarlo por el precio FOB que determine la Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentos; y la resultante será el monto fiscal obtenido por el programa Maíz Plus o Trigo Plus.
Como se puede observar, si se alcanza una Producción Plus de 10 millones de toneladas, los pequeños productores de maíz y de trigo desacoplarán 100% del valor de las retenciones del cereal correspondiente.
Cobro del incentivo:
El estímulo fiscal que generan los programas Maíz Plus y Trigo Plus, los productores podrán computarlo como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, o en su caso, del componente fiscal del Monotributo, según la reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Declaraciones juradas de cosecha:
Para acceder a los programas “Maíz Plus” y “Trigo Plus”, y con el objeto de confeccionar el cómputo total de la cosecha de cada ciclo/campaña, los productores deberán informar su cosecha a través de declaraciones juradas. La fecha límite para enviar la DDJJ será el 15 de marzo para el trigo y el 31 de julio para el maíz, de cada ciclo/campaña. Las declaraciones que se hagan vencidos estos plazos quedarán excluidas de dichos programas.
Estas declaraciones se podrán confeccionar personalmente en cualquier oficina ONCCA del país, o bien completarla y enviarla electrónicamente a través del sistema JAUKE. De elegir esta última opción, el productor deberá tener en su poder la declaración jurada por un período de dos años para ser presentada ante los inspectores del organismo de control en una eventual fiscalización.
Comercialización:
A los efectos de acceder a los programas “Trigo Plus” y “Maíz Plus”, los productores tendrán que efectivizar la comercialización del cereal declarado con anterioridad al 1 de noviembre para el trigo, y al 10 de abril para el maíz, de cada ciclo/cosecha.
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