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Se deberá implementar un “Manual de Bienestar Animal” Actualidad

El Senasa dispuso nuevas exigencias para promover la inocuidad alimentaria en la producción de pollos y elaboración de menudencias

Las autoridades del Senasa dispusieron actualizar las exigencias necesarias para producir pollos y elaborar productos cárnicos bovinos con el propósito de promover una mayor inocuidad de los alimentos.
13/09/2018 05:16 hs

Las autoridades del Senasa dispusieron actualizar las exigencias necesarias para producir pollos y elaborar productos cárnicos bovinos con el propósito de promover una mayor inocuidad de los alimentos.

Por medio de la resolución 575/18 –publicada en el Boletín Oficial– se dispuso que, a partir de 180 días contados a partir de hoy miércoles, las explotaciones de granjas de pollos de engorde deberán contar con un veterinario responsable sanitario que implemente un “Manual de Bienestar Animal”.

El nuevo manual, que forma parte de la resolución 575/18, incluye una serie de exigencias mínimas, tales como niveles de contración máximos en el interior de los galpones de 25 ppm de amoníaco, de 5000 ppm de dióxido de carbono y de 50 ppm de monóxido de carbono.

También exige que “los pollos de engorde deben ser depositados con cuidado en la jaula de transporte. El número de aves que se coloque en cada una de las jaulas debe tener en cuenta el peso de las aves, las condiciones climáticas y la distancia entre la granja y la planta de faena, garantizándose su comodidad y permitiendo que cada una de las aves transportadas pueda apoyarse sobre el piso del contenedor”.

Hoy también se publicó la resolución 585/18, por medio de la cual se implementan nuevas exigencias higiénico-sanitario mínimas que deben cumplir los establecimientos elaboradores de tripas, menudencias y mondonguería,

Entre los nuevos requisitos para los establecimientos faenadores se incluye el de poseer “un local independiente de los otros para el manipuleo y elaboración de las menudencias”, las cuales tendrán que ser “refrigeradas en piletones por medio de agua potable circulante y renovable en forma permanente”.

“El transporte de menudencias a establecimientos procesadores deberá ser realizado en recipientes de uso exclusivo, impermeables, con superficie interior lisa, de material inoxidable o inalterable y de fácil higienización y sanitización, provistos con tapa con cierre hermético, autorizados por el Senasa. Las menudencias llegarán acondicionadas con agua potable y hielo”, especifica la norma.

También dispone que los “estómagos de bovinos destinados a la alimentación humana serán manipulados en forma inmediata a la faena y deberán ser prolijamente lavados, permitiéndose el escaldado y/o empleo de una solución de hidróxido de sodio con 2% como máximo o de otras sustancias aprobadas por el Senasa”.

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