Saltar menúes de navegación e información institucional Teclas de acceso rápido Actualidad
Por el brote Actualidad

El Senasa refuerza los controles sobre productos "en tránsito"

El organismo sanitario relevará a las mercaderías con componente animal de especies susceptibles a la fiebre aftosa que se encuentren en la frontera.
19/02/2006 00:00 hs

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) resolvió reforzar los controles de productos con componente animal de especies susceptibles a la fiebre aftosa que se encuentren "en transito" entre terceros países.

La decisión fue tomada por medio de la resolución 47/06 del organismo, que la considera "necesaria" con el objeto de "lograr un mayor control del movimiento de los aludidos productos dentro del Territorio Nacional".

"Es necesario, en carácter de excepción, efectuar un control especial de los productos, subproductos, derivados de origen animal o productos con componente animal de competencia de este Servicio Nacional, de especies susceptibles a la Fiebre Aftosa que se encuentren \'en tránsito\' provenientes de terceros países", se sostiene en los considerandos de la medida.

Los productos, subproductos y derivados de referencia "deben contar con la autorización previa de la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria", se indica en el primer artículo de la resolución.

Esa solicitud "deberá efectuarse por escrito por parte del interesado, debiendo constar en la solicitud entre otros, los siguientes datos: el Puesto de frontera de ingreso, Puesto de frontera de egreso, Hoja de ruta, tipo de producto, modo de conservación, cantidad de bultos y peso, datos e identificación del transporte, datos identificatorios del transportista, número de precintos o precintos".

Asimismo, deberá contar con "copia del Certificado Sanitario que acompaña a la mercadería, y todo otro dato que de acuerdo al tipo de mercadería transportada considere necesario este Servicio Nacional".

La solicitud de autorización podrá efectuarse en la frontera de ingreso desde donde se la remitirá a la Coordinación de Importación de Productos de Origen Animal dependiente de la Dirección de Tráfico Internacional de la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, o bien en la Coordinación citada.

La Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria receptora de la solicitud de autorización determinará la viabilidad de ese tránsito y se expedirá a través del área de recepción.

Teclas de acceso