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Publicado en Boletín Oficial Actualidad

Granos, será obligatorio el análisis de calidad

En las próximas semanas comenzará a implementarse la registración y difusión on line de todas las operaciones de compraventa de granos realizadas en el mercado argentino. Así lo dispuso la resolución publicada en el Boletín Oficial.
15/07/2014 23:14 hs

En las próximas semanas comenzará a implementarse la registración y difusión on line obligatoria de todas las operaciones de compraventa de granos realizadas en el mercado argentino. Así lo dispuso la resolución publicada en el Boletín Oficial.

La iniciativa –publicada hoy martes en el Boletín Oficial– dispone que todas operaciones realizadas en el mercado disponible, futuro (forward) o “a fijar” deberán ser declaradas en mercados de futuros (Matba o Rofex) y Bolsas de Cereales por intermedio de agentes inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) del Minagri

Los productos comprendidos por la normativa (resolución conjunta 208 y 628 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y de la Comisión Nacional de Valores) comprenden soja, girasol, maíz, sorgo, cebada forrajera y aceite de soja.

La normativa señala que las autoridades de la Bolsas de Cereales, Matba y Rofex deberán realizar convenios entre sí –los cuales tendrán que ser aprobados por la Secretaría de Agricultura y la CNV– para consensuar las especificaciones técnicas que tendrá el nuevo registro obligatorio.

Los datos básicos que deberán tener las operaciones registradas son cliente (exportador, molino, etcétera), precio, producto, cantidad, calidad, lugar y fecha de entrega.

La norma aclara que en las operaciones “a fijar” la fijación del precio podrá realizarse empleando el “precio de referencia representativo” publicado por los mercados de futuros o las Bolsas de Cereales, pero indica que, en tales casos, deberá informarse cuál es la metodología utilizada para la determinación de tales precios.

La resolución indica que la difusión de los datos de las operaciones deberá hacerse “por medios informáticos de alcance masivo” y “sin retrasos artificiales desde el momento en que se produzca el registro de cada una de las operaciones”.

La resolución determina además que los compradores de granos inscriptos en el RUCA quedarán automáticamente inscriptos como “Agentes RUCA SAGyP” para poder comenzar a declarar datos de operaciones.

El proyecto original disponía también la obligatoriedad de inscribirse ante la CNV para comenzar a declarar operaciones. Pero representantes de las Bolsas de Cereales, exportadores, acopiadores y productores se opusieron a tal medida. Por tal motivo, el secretario de Agricultura Gabriel Delgado y el presidente de la CNV Alejandro Vanoli aceptaron, en el marco de una negociación consensuada entre las partes, omitir tal exigencia.

La resolución además dispone que los productos y subproductos (esto último por el aceite de soja) que integrarán el registro “deberán contar con un análisis de calidad efectuado por laboratorios” inscriptos en un nuevo “Registro de Laboratorios de Análisis de Calidad” que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Agricultura. La norma no aclara quién deberá hacerse cargo del costo económico de tales análisis.

En el término de diez días los mercados de futuros y Bolsas de Cereales deberán “interconectar sus sistemas informáticos de negociación y registro” para “permitir el intercambio de información” de cada una de las operaciones.

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