Según la resolución 370 del SENASA, publicada hoy en el Boletín Oficial, en los bovinos que pertenezcan a esas entidades, la tarjeta de identificación de la doble caravana tendrá las características elegidas por éstas, con el código de identificación individual del animal (RP).
En tanto, el botón-botón de la oreja derecha tendrá el formato e información determinado en la Resolución 754/06.
"Los animales que pertenezcan a los establecimientos asociados y no se encuentren contemplados en alguno de los mencionados registros, estarán obligados al pleno cumplimiento de la resolución 754/06", estableció la Resolución.
El productor deberá aplicar la identificación antes del destete o de mover a los terneros y completar la Planilla de Identificación de los Bovinos que acompaña a las caravanas adquiridas, advirtió la nueva norma.
La SRA, las asociaciones de criadores de las distintas razas bovinas y bubalinas y la Asociación Criadores de Holando Argentino continuarán usando sus códigos de criador y sus códigos de identificación individual de los animales, como así también sus documentos y registros.
Fuente: Agrositio