A partir de ahora las usinas deberán informar a la Oncca todos los compromisos y las operaciones de exportación e importación de leches y quesos. Así lo dispuso una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial. La metodología para presentar tales datos será establecida por el organismo oficial en los próximos días.
A partir de mañana todos las industrias lecheras inscriptas en el Registro de Operadores Lácteos (creado en septiembre del año pasado por la resolución 1621/06) deberán informar a la Oncca "todos los compromisos de compraventa al exterior" y "todas las operaciones de exportación e importación" de leches y quesos. Así lo dispuso la resolución 152/07 de la Sagpya, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La nueva resolución dispone que "la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca) establecerá la metodología de registración, estando facultada para dictar las normas operativas y de implementación que resulten necesarias a los fines de su implementación operativa".
Las operaciones que deberán ser informadas son las correspondientes a la importaciòn/exportación de leches fluidas (posiciones 0401.10.10 / 0401.10.90 / 0401.20.10 / 0401.20.90 / 0401.30.10 / 0401.30.21 / 0401.30.29); leches en polvo (0402.10.10 / 0402.10.90 / 0402.21.10 / 0402.21.20); y quesos (0406.90.10 / 0406.90.20 / 0406.90.30 / 0406.90.90)
La resolución 152/07 indica que serán suspendidos o dados de baja del Registro de Operadores Lácteos a aquellos que no informen las operaciones de exportación e importación de las mercaderías comprendidas en dichas posiciones arancelarias.
Fuente: Infocampo