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Controversia Actualidad

Urribarri no reglamentaría la ley de pooles

Todo indica que la decisión se basa más en diferencias conceptuales con el texto que con la puja que envuelve por estos días a los dos hombres fuertes del Justicialismo entrerriano. Al menos eso se infiere.
25/06/2008 00:00 hs

El Gobernador debe cumplimentar el paso final para que quede resuelto el trámite legislativo de la ley 8.318, sancionada por la gestión Busti. Busca gravar la actividad de los fondos de inversión de grandes extensiones y cuenta con el apoyo -conceptual- de Federación Agraria. Pero aseguran que "es ambigua, permite mecanismos de elusión, posee ineficacia contributiva, tiene omisiones formales y no estimula la diversificación productiva".

Salón de los Gobernadores en la Casa Gris en una mañana soleada, pero fría. Promediaba el año 2007 y la escena de un día cualquiera se presentaba como una mesa de póker a punto de inaugurarse: por un lado, una treintena de los más importantes empresarios de la provincia –entre ellos las entidades del campo- con un rosario de reclamos ante el Ejecutivo para mejorar las condiciones productivas de la provincia. Por el otro Jorge Busti, Daniel Welschen y José Gómez.

El entonces Gobernador decidió anticiparse con el as que había llevado preparado de antemano en la manga, y evitar escuchar las demandas, a las que seguramente no tendría respuestas totalmente satisfactorias. "Voy a enviar una ley a la Legislatura que grave con el 3 % (del impuesto Inmobiliario Rural) a los pooles de siembra que hay en la provincia actualmente", les dijo sin preanuncios.

Había virado el eje del debate, y los medios reflejaron la noticia con mayor énfasis que los reclamos.

Así, comenzaba a desovillarse un proyecto tan original e inédito como polémico, que amenazaba con una larga estela de controversias y tuvo amplia repercusión nacional.

Casi un año después, y con el conflicto por los derechos a la exportación para los productos primarios en su cenit, éste fue desplegando sus etapas legislativas y, finalmente, se promulgó en el último suspiro de la gestión anterior, el 10 de diciembre.

Sin embargo, aún Sergio Urribarri no la ha reglamentado, y todo indica que la decisión se basa más en diferencias conceptuales con el texto que con la puja que envuelve por estos días a los dos hombres fuertes del Justicialismo entrerriano. Al menos eso se infiere.

A pesar que admitió un compromiso público, Urribarri no reglamentó la ley 8.318 -complementaria a la Ley de Suelos 9.816- porque recibió de manos de un ingeniero agrónomo que cumple funciones en el Gobierno un paper, al cual accedió en forma exclusiva EL DIARIO, que lo alertaba sobre las "trampitas" y contrasentidos que tiene el texto legal.

El ex legislador Julio Aldaz, otrora presidente de la Comisión de Tierras de la Cámara de Diputados al momento del tratamiento de la ley, y hoy titular del Instituto de la Vivienda fue uno de los principales impulsores, y aseguró en su momento que "contribuye (la ley) a la sustentabilidad de la agricultura y a la preservación de la rentabilidad del sector agrícola local". La Federación Agraria Argentina, también brindó su "conceptual" apoyo a la ley.

EJES. Según el paper, en que habrían trabajado luego Roberto Schunk y sus técnicos en el camino que lo lleva a hacerse cargo de la Secretaría de la Producción, la redacción de la ley es "ambigua", y concluye que "perjudica al pequeño y mediano producción rural y favorece a los grandes". Los dos grandes cuestionamientos a la ley, que habría ingresado en un proceso de freezado, residen en que en el artículo 40 se exime del pago del tributo a los propietarios de tierras registrales, siempre que "no cultiven en inmuebles arrendados una superficie mayor a la propia".

Para los críticos, esto significa que un pequeño productor que tiene 50 hectáreas y arrienda 100 hectáreas para sembrar en campo ajeno, no se encuentra exento (debe pagar el derecho de uso de tierras, por la producción de las 150 hectáreas). En tanto, en el otro extremo, un gran productor local que posee 10.000 hectáreas cultivables y arrienda 9.000 (es decir, utiliza en total 19.000 has.), no debe pagar el derecho de uso de la tierra (está exento, siempre que tenga domicilio en Entre Ríos –Artículo 40º, inciso b–).

Dice el documento que "en ninguna parte de la ley se contempla la situación del pequeño productor –sea contratista, propietario o ambos–, y no existen límites para diferenciar grandes y pequeños, en un marco donde la alícuota es uniforme para todos (3 %)".

En este sentido, esta Hoja pudo conversar con uno de los profesionales, que solicitó no se difunda su nombre, que aseguró que "la mitad de los productores entrerrianos arrienda más de lo que tiene, esto hace muy complicada la aplicación. Y no sólo eso, posee errores importantes. En realidad terminará beneficiando a los grandes que constituirán un sociedad anónima en la provincia y eludirán el impuesto", conjeturó.

Otro eje en el que se sostiene el cuestionamiento atraviesa este último punto. "Cualquier empresa de capital extranjero que esté radicada en la provincia (empresas controladas) puede aportar fondos (para constituir un pool u otra figura), y contratar un administrador registrado que lo gestione, sin abonar el derecho de uso de la tierra", entienden.

DISYUNTIVA. Ante esto, el Gobernador se enfrenta a un camino que se bifurca en tres opciones: a) no reglamentar la ley, invitándola a dormir apaciblemente en un cajón, como sucedió, por ejemplo con la Ley de Hipermercados; b) Reglamentarla, sin modificar su espíritu y arbitrando sólo cambios operativos; y c) enviar un nuevo proyecto a la Legislatura, volviendo al punto de partida.

Fuentes cercanas al Gobernador confirmaron ayer que no hay aún decisiones al respecto y que Urribarri estudia el tema "con mucho cuidado para no incurrir en errores o contradicciones".

PASO A PASO

Las críticas principales

Textualmente, el trabajo que llegó a manos del Gobernador posee cinco cuestionamientos centrales a los cambios a la ley 9816:

1) Perjudica al pequeño productor rural y favorece al grande: El Artículo 40º, inciso a, exime del pago del tributo a los propietarios de tierras registrales, siempre que "no cultiven en inmuebles arrendados una superficie mayor a la propia". En ninguna parte de la ley se contempla la situación del pequeño productor –sea contratista, propietario o ambos–. No existen límites para diferenciar grandes y pequeños, en un marco donde la alícuota es uniforme para todos (3 %).

2) Privilegios. Permite mecanismos de elusión relativamente simples: en principio, parecería que la Ley apunta a separar el residente en Entre Ríos del inversor externo. Sin embargo, la exención dispuesta en el artículo 40º, inciso b, abre la posibilidad a que cualquier inversor extranjero constituya una sociedad en el medio local y se exima de abonar el derecho. Además, una parte importante de los grandes propietarios de tierras registrales no viven en la provincia, pero igual están exentos, siempre que no cultiven tierras ajenas (Artículo 40º, inciso a).

3) Ineficacia recaudatoria: la ley está diseñada para evitar que los grandes propietarios y contratistas tributen, por el contrario, gravaría los pequeños propietarios que además sean contratistas.

4) Errores u omisiones formales: se pretende crear un registro que necesariamente será incompleto considerando que existen propietarios que no poseen tierras cultivables en los términos de la ley –Art. 35. Su creación insumirá costos que podrían evitarse en razón de que ya existe dicha información en los niveles provincial y nacional (Oncca, Catastro, Fucofa, Rentas). Se presta a interpretaciones equívocas cuando define "tierras cultivables", puesto que la palabra cultivable alude a la aptitud de la tierra, independientemente de su uso concreto que es lo que la ley pretende gravar, en este caso la palabra adecuada debería ser "cultivada".

La redacción de las exenciones previstas en el Art. 40 resulta ambigua. Específicamente en su inciso a), exime a todo productor siempre que "no cultiven en inmuebles arrendados una superficie mayor a la propia"; por su parte, el inciso b) del mismo artículo exime las personas que utilizan tierras cultivables bajo cualquier instrumento contractual. Una interpretación literal de la norma indicaría que un productor propietario-arrendatario podría quedar encuadrado en ambos artículos, lo cual es incoherente.

5) No estimula la diversidad productiva en los cultivos. La alícuota es la misma para todos los granos, sean oleaginosas o cereales.

Qué es un pool de siembra

Para el INTA, pool de siembra es cualquiera de las combinaciones posibles por las que el cultivo se lleva adelante. Una forma frecuente es la combinación del dueño de la tierra, un contratista y un ingeniero agrónomo, que convienen una producción aportando cada uno sus recursos (tierra, labores e insumos respectivamente) y se reparten utilidades de acuerdo a su participación. El organizador propone un plan de siembra y se lo ofrece a potenciales inversores. La tierra en la que se siembra es de terceros y la contratación es arrendamiento u aparcería. Su éxito se basa en tres ejes: la selección de los campos (de buena calidad y a buen precio); la comercialización y compra de insumos, y la organización, fundamento de la eficiencia y transparencia del negocio.

El riesgo inherente a la producción agrícola se diluye a través de la diversificación de producciones y zonas, y permite el aumento de la escala y consecuentemente del poder de negociación

Gustavo Sánchez Romero - El Diario de Paraná

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